El pasado 4 de mayo el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) publicó la orden de ayudas que cada año convoca la Concejalía de Cultura de Santander. De hecho, el propio Ayuntamiento ha asegurado que «se trata de una línea de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de la cultura en la ciudad y cuya cuantía asciende a 90.000 euros«. Además, aquellos interesados podrán solicitar esta línea de ayudas hasta el 29 de mayo.
El hecho de que la concesión de estas subvenciones se efectúen mediante régimen de concurrencia competitiva implica que «quedarán excluidos aquellos proyectos de actividades presenciales que, en el momento de cerrarse el plazo de presentación de solicitudes, se consideren de inviable o muy difícil realización en función de las limitaciones normativas existentes en el tiempo de su desarrollo».
Por ello, uno de los requisitos fundamentales en los proyectos de actividades presenciales será hacer constar el número previsto de personas que asistirán al evento.
Asimismo, el Ayuntamiento de Santander ha informado de que «podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas y los autónomos dados de alta en el Impuestos sobre Actividades Económicas (IAE) en cualquiera de los epígrafes relativos a actividades culturales, así como las asociaciones acogidas a la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del derecho de asociación».
En este sentido, la administración pública también ha adelantado que las solicitudes deberán «presentarse con arreglo al modelo normalizado que se publica en la página web municipal». A ello han añadido que «la denominación de los proyectos concurrentes deberá hacerse en lengua española, salvo en aquellos casos en que se acredite que la denominación en otras lenguas haya sido registrada antes de esta convocatoria o se halle ampliamente reconocida».
Por otro lado, con respecto al órgano técnico previsto para formular la propuesta de concesión, los encargados serán los responsables de los cargos indicados en la Ordenanza, la directora municipal de cultura y la directora-gerente de la Fundación Santander Creativa (o personas en quienes deleguen).
Por otro lado, con respecto a los criterios de concesión de estas subvenciones, el Ayuntamiento de Santander ha señalado que «se otorgará un punto adicional a las solicitudes que prevean aportaciones propias u otros ingresos, por importe total superior al 30% del presupuesto de la actividad, y dos puntos adicionales, si ese importe supera el 50%».
En este contexto, la administración también ha comentado que «ninguna subvención podrá superar el importe de 13.500 euros«, y que «los proyectos a subvencionar deberán concluir antes del 23 de noviembre de 2021«.
«Podrán ser subvencionados aquellos proyectos iniciados con anterioridad a esta convocatoria, incluso si estuvieran ya concluidos, siempre que dicha conclusión fuera posterior al 23 de noviembre de 2020. En este supuesto, si se programase la misma actividad para 2021, la solicitud de subvención para la misma deberá concurrir a la convocatoria de 2022«, ha puntualizado el Ayuntamiento de Santander.